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  23 de abril de 2026   |   ISO 45001  |  

ISO 45001: El trabajo híbrido

En diferentes empresas, algunos trabajadores llevan a cabo actividades vía remota, a estas actividades las llamaremos teletrabajo, que la STPS define de la siguiente manera: “Forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al centro de trabajo, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo en éste, utilizando las tecnologías de la información y comunicación para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón.” (Gobernación, 2023).

 

 

Entonces, el trabajo híbrido es una metodología o modelo laboral flexible que consiste en combinar el trabajo presencial tradicional con el trabajo en remoto mediante la ayuda de diferentes herramientas digitales. Dicho de otro modo, las personas que trabajan en esta modalidad asisten a su lugar de trabajo de forma presencial solo algunos días a la semana, mientras que durante los restantes realizan teletrabajo. (Personio, 2026)

 

 

Esta modalidad prolifera a raíz de la pandemia COVID-19, en la cual se tenía la necesidad de prevenir contagios y se toma la opción de que los trabajadores realicen trabajo desde casa, además de esto se desarrollan nuevas tecnologías para la comunicación, con las que es posible realizar reuniones vía remota y presentar información relevante para las operaciones de la empresa; la modalidad surge como una necesidad pero además, ofrece diferentes ventajas, por ejemplo:

 

 

  • El trabajador no invierte tiempo y dinero en traslados.
  • Ya no es necesario pagar el alquiler de espacios tan amplios de oficinas.

 

Una desventaja de esta modalidad es que se ve afectado el cumplimiento de las medidas de seguridad cuando se realiza el modelo de teletrabajo.

 

Ante esta situación surge la pregunta, ¿se deben de cumplir con las condiciones de seguridad en la modalidad de teletrabajo?

 

Para atender estas condiciones de trabajo, en México se emite la Norma Oficial Mexicana, NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, en la que se describen las condiciones en que deben de realizarse las actividades de teletrabajo con el objetivo de prevenir enfermedades y accidentes de trabajo. De acuerdo con la legislación en México, una NOM es de carácter obligatorio para todos los centros de trabajo en el país en el que se aplique esta modalidad, sin importar tamaño o giro de la empresa.

 

De esta norma se destacan algunos requerimientos:

 

  • Se debe de disponer de conectividad adecuada para el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
  • La empresa debe de establecer e implementar una Política de Teletrabajo.
  • Se debe de disponer de un área de trabajo limpia y ordenada.
  • La iluminación debe ser adecuada de acuerdo con las actividades a realizar.
  • Que el nivel de ruido no impida la concentración, salvo el ruido ambiental que estuviera bajo el control de terceros.
  • Contar con mobiliario y equipo (silla, escritorio, aditamentos ergonómicos) adecuado para evitar riesgos ergonómicos.
  • Evitar riesgos psicosociales, contando con un espacio físico que permita privacidad de la persona que realiza el teletrabajo.
  • Contar con pausas y tiempos de descanso adecuados, respetar el derecho a la desconexión de las TIC al término de la jornada laboral.
  • Las condiciones del teletrabajo nunca deben de ser menores que las del centro de trabajo.
  • Se debe de capacitar a las personas que realizan el teletrabajo acerca de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo.
  • Se debe de realizar una Lista de Verificación para garantizar que se cumplen con las condiciones de seguridad.

 

El trabajo híbrido representa numerosas ventajas para el trabajador, para la empresa y en general para la sociedad, pero es importante considerar que esta modalidad de trabajo híbrido no exime a las empresas de la responsabilidad de prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo en las actividades de teletrabajo y a los trabajadores de cumplir con los lineamientos establecidos.

 

De acuerdo a auditorías realizadas a los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo, se ha detectado que las empresas en las que se lleva a cabo esta modalidad, no se han dado a la tarea de cumplir con las condiciones apropiadas de seguridad, por lo que los trabajadores se encuentran expuestos a accidentes y enfermedades de trabajo y en caso de presentarse podrían clasificarse como accidente o enfermedad de trabajo; además de que la eficiencia de los trabajadores podría verse afectada por no contar con un medio ambiente laboral seguro y saludable.

 

 

Referencias:

Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

 

Autor: Rufino Guzmán Galván, Auditor Líder Sistemas Integrados