Autor: Alan Belmonte | Soporte técnico inocuidad
La secretaria de Economía ha informado el pasado 09 de mayo del 2025, la ampliación del plazo de la segunda fase de implementación de los criterios de evaluación de información nutrimental complementaria establecidos en la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
¿Qué implica esta ampliación en los tiempos de implementación?
1. Las empresas ahora cuentan hasta el 31 de diciembre del 2027 para la implementación de los criterios de la segunda fase.
2. A partir del 01 de enero del 2028 las empresas deberán realizar la implementación de los criterios de la tercera fase.
¿Cuáles son los criterios establecidos en la segunda fase?
1. El cálculo y evaluación de nutrimentos críticos, cuando estos se añadan a alimentos o bebidas no alcohólicas preenvasadas.
a. Si se agregan azúcares añadidos, se calculan y evalúan azúcares y calorías.
b. Si se agregan grasas, se calculan y evalúan grasas trans y grasas saturadas.
c. Si se agrega sodio, se calcula y evalúa sodio.
2. Incluir leyendas indicando “exceso de…”, en caso de sobrepasar los valores de la siguiente tabla:
¿Cuáles son los criterios establecidos en la tercera fase?
Aplicación de todos los criterios establecidos en el numeral 4.5.3 y la tabla 6 de la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, entre los que se encuentran.
1. El cálculo y evaluación de nutrimentos críticos, cuando cualquiera de ellos se añada a alimentos o bebidas no alcohólicas preenvasadas.
a. Si se agregan azúcares añadidos, se calculan y evalúan azúcares, calorías, grasas trans, grasas saturadas y sodio.
b. Si se agregan grasas, se calculan y evalúan azúcares, calorías, grasas trans, grasas saturadas y sodio.
c. Si se agrega sodio, se calculan y evalúan azúcares, calorías, grasas trans, grasas saturadas y sodio.
2. Incluir leyendas indicando de “exceso de…” en caso de sobrepasar los valores de la tabla 6.
3. Ubicación y orden de los sellos, al igual que leyendas precautorias si aplican, por ejemplo “CONTIENE CAFEÍNA EVITAR EN NIÑOS” o “CONTIENE EDULCORANTES – NO RECOMENDABLE EN NIÑOS”.
Es importante señalar que estos son algunos de los criterios señalados en la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, para consultar los criterios completos, aplicabilidad y excepciones, puede referirse a la Modificación a la NOM al igual que el Manual publicado por COFEPRIS
Fuentes: